A partir del Martes pasado, cuando la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), dejó sin inmunidad a Juan Guaidó, un eventual juicio penal en su contra correría por cuenta de los tribunales ordinarios del país.
Así lo aclaró un alto representante del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). “Ya eso no es asunto de nosotros desde que perdió la inmunidad parlamentaria”, acotó la fuente judicial.
La explicación del vocero del Alto Tribunal está basada en el artículo 200 de la Constitución donde se detallan los pasos para procesar a un diputado de la Asamblea Nacional (AN).
En el caso de Guaidó, el TSJ tenía la posibilidad de solicitar su detención o luz verde para continuar el enjuiciamiento, explicó el informante. En ambos casos el TSJ debe contar con la autorización del Poder Legislativo, según el referido artículo. Pero como éste se encuentra en desacato, declarado así por la Sala Constitucional, el TSJ formuló la petición ante la ANC, cuyos integrantes sesionaron este Martes.
Efectivamente en esa sesión, el constituyente Diosdado Cabello, leyó como moción de urgencia, una comunicación enviada por el presidente del TSJ, Maikel Moreno donde solicitó levantarle la inmunidad parlamentaria a Guaidó, tal como lo acordó la Sala Plena del Lunes pasado.
La ANC debatió el punto y aprobó lo solicitado por el TSJ. Y a partir de allí, la pelota está en terrenos del Ministerio Público donde prosigue la fase investigativa contra un Guaidó despojado de ese privilegio constitucional que representa la inmunidad, explicó la fuente.
Ello significa que la Fiscalía debe imputar al dirigente opositor; es decir, informarle oficialmente cuáles son los delitos en que presuntamente está incurso.
Además, puede solicitar ante un tribunal ordinario, medidas para garantizar el resultado final del proceso penal, como por ejemplo, privativa de libertad contra Guaidó.
Hasta ahora el despacho de Tarek William Saab no ha informado cuándo imputará a Guaidó. Ya la Sala Constitucional dijo en la sentencia que anuló el Estatuto de la Transición que por ejemplo, el diputado estaría incurso en el delito de usurpación de funciones.