La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), declaró la nulidad absoluta por inconstitucionalidad del acuerdo de la Asamblea Nacional (AN) de Juan Guaidó, en el que nombran los nuevos integrantes de la junta directiva de la Corporación Venezolana de Guayana (CVG).
En ese sentido, el máximo órgano judicial respaldó los nombramientos de la directiva de la CVG realizados por el presidente Nicolás Maduro, de los integrantes del ente.
El TSJ calificó como válido el nombramiento realizado por el Ministro de Industrias y Producción Nacional, Tareck El Aissami, de Jonathan Ardila, como presidente de la empresa del Estado CVG Internacional, C.A.
La sentencia N° 0036-2020 dictaminó que el acto parlamentario impugnado constituye otro “asalto” al Estado de Derecho por parte de la AN, cuyos actos son absolutamente nulos.
En ese sentido, se declararon nulas las designaciones de Enrique Castells, Roberto Arredondo, Ricardo Echeverría, Fernando Goyenechea y Dich Souki, como integrantes de la Junta Administradora Ad-Hoc.
El dictamen indica que quienes aparecen mencionados en las designaciones declaradas nulas, están presuntamente incursos en la comisión de delitos de acción pública tipificados en el ordenamiento jurídico penal venezolano.
El TJS decretó prohibición de la salida del país, prohibición de enajenar y gravar bienes, bloqueo e inmovilización de cuentas bancarias y/o cualquier otro instrumento financiero en el territorio venezolano.
Fuente: Banca y Negocios