La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), mediante Resolución Nº 060.19, de fecha 12 de noviembre de 2019, estableció un nuevo límite para el financiamiento mediante tarjetas de crédito.
Al respecto, en la mencionada Resolución contentiva de las “Normas relativas al incremento del límite para el financiamiento mediante tarjetas de crédito otorgado por las instituciones bancarias”, establece límites: mínimo de 20.000 U.T., equivalente a (Bs. 1.000.000,00) y máximo 200.000 U.T., equivalente a (Bs. 10.000.000,00), respectivamente.
De igual forma, a través de la Circular SIB-II-GGR-GNP-12802, se incrementa el límite diario para operaciones por puntos de venta (POS) a cincuenta millones de bolívares (Bs. 50.000.000,00).
Las instituciones bancarias, previo proceso de análisis y evaluación de la información del cliente y en función de su perfil financiero, determinarán el límite a ser aprobado a cada cliente por instrumento (tarjeta de crédito) independientemente del número de tarjetas que posea en el banco.
El ente supervisor bancario, previa evaluación y aprobación por parte del Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional (Osfin), consideró necesario adaptar y actualizar las normas existentes en aras de fomentar la eficiencia y calidad de los servicios bancarios; así como salvaguardar los derechos de los usuarios y usuarias.