El abogado constitucionalista Hermann Escarrá rechazó este lunes durante una entrevista en ‘Vladimir a la 1’ transmitido por Globovisión el que manifestantes civiles sean juzgados en tribunales militares.
“La Constitución prohíbe y por el contrario le corresponde a la jurisdicción civil en materia penal”.
“Si eso ocurre no estoy enterado, pero estoy hablando en el plano estrictamente doctrinario de la Constitución, hay una jurisdicción militar pero es para delitos militares y que ocurran, dichos delitos, en la circunscripción militar”.
“Eso lo dice claramente la Constitución y menos en manifestaciones civiles. Eso no”.
Por otra parte el abogado constitucionalista se refirió a la Constituyente y afirmó que el artículo 347 establece la redacción de una nueva Constitución, la cual debe ser sometida a una consulta popular, aunque indicó que el proceso puede ser convocado de acuerdo al poder constituyente originario.
El jurista indicó que de acuerdo al marco jurídico, el proceso puede ser convocado por iniciativa de la Asamblea Nacional, el 15% de los electores del padrón electoral, y a través del Consejo de Ministro, pero que dicho resultado del mismo debe ser sometido a una elección universal, directa y secreta.
“Los Constituyentes se van a elegir con voto universal, directo y secreto”, expresó.