Para el economista Francisco Rodríguez el Convenio Cambiario N° 1 no restablece la convertibilidad al tiempo que señala para que haya convertibilidad con un tipo de cambio flotante, los particulares deben poder transar divisas al tipo de cambio de libre convenimiento. El Convenio continúa obligándolos a usar el tipo de cambio del Banco Central de Venezuela (BCV).
Considera el especialista en un sistema de tipo de cambio fijo, el BCV tendría que comprometerse a vender todas las divisas demandadas a la tasa establecida para que haya convertibilidad. “El Convenio Cambiario N°1 no establece ningún mecanismo para garantizar que suministrará esa oferta”.
A través de su cuenta en Twitter publica el siguiente mensaje: El Sistema de Mercado Cambiario creado por el Convenio Cambiario N° 1 depende del mismo sistema de cruce de cotizaciones hoy usado para el Dicom. “Si no se modifica este mecanismo, seguiremos teniendo los mismos tipos de cambio oficiales totalmente desligados de la realidad”, señaló.
Reiteró el economista que el mercado de menudeo establecido en el Convenio Cambiario N° 1 no contempla ninguna fuente de oferta de divisas otra que las mismas ventas al sistema. Sin flexibilidad de precios, esto implica que el sistema continuará siendo inoperante dada la falta de oferta de divisas.
–Lamentablemente, el Convenio Cambiario N° 1 parece no ser más que la codificación de las reglas del Dicom usadas en las últimas semanas, a lo que le añadieron las palabras “libre convertibilidad”.
Otras voces
El economista Leonardo Buniak también fijó posición sobre el convenio cambiario y alertó que el BCV se está quedando con un pedazo del Dicom. Observa que la libre convertibilidad de la moneda es una ficción pues el mercado cambiario sigue estando regulado.
“Se anunció la libre convertibilidad y la gente lo primero que piensa es: se desmontó el control de cambio. A partir de ahora podré hacer operaciones privadas de compra y venta de divisas sin ningún tipo de restricciones y un tipo de cambio que se va a fijar producto de la interacción de… la oferta y la demanda”, apuntó Buniak.
“Pero cuando lees la Gaceta Oficial… te das cuenta que no es tan cierto. Es un sistema regulado y administrado por el Banco Central de Venezuela”.
Planeamiento con el que coincide el economista Jesús Casique quien afirma que en el sistema de libre convertibilidad, según lo anunció el Ejecutivo Nacional en el nuevo Convenio Cambiario, pareciera que no hay tal libertad, puesto que vistos en detalle alguno de sus artículos, el Banco Central de Venezuela todavía conserva el control del mercado cambiario.
-En primer lugar, el Convenio Cambiario; publicado en la Gaceta Oficial 6.405, de fecha 7 de septiembre, número extraordinario, es extremadamente amplio; partiendo de que tiene 89 artículos. Venezuela tiene quince años con un control de cambio y de precios.
“Allí en ese Convenio hay varios puntos a destacar. Por ejemplo, el artículo 14 indica que las instituciones de los sectores bancarios, del mercado de valores y aseguradores no podrán hacer cotizaciones de demanda; indica que las decisiones quedan centralizadas por el Banco Central de Venezuela”.
–Yo en lo particular no veo una liberación de la compra y venta de divisas; que sería un potencial para enderezar la economía, agregó Casique.