Mediante las resoluciones conjuntas de los ministerios de Planificación y Economía, publicadas en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.360, con fecha de 19 de enero del año en curso, el valor de la de la Unidad para el Cálculo Aritmético del Umbral Máximo y Mínimo (UCAU), fue fijado en 10.850 bolívares, esta privará para las contrataciones públicas, viáticos y la caja chica de los despachos oficiales.
La UCAU se desprende la Ley Constitucional Contra la Guerra Económica para la Racionalidad y Uniformidad en la Adquisición de Bienes, Servicios y Obras Públicas, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente según apunta el escrito. Se establece en la disposición que “esta nueva unidad de cálculo sustituye en esos tres casos a la Unidad Tributaria”, además detalló que el valor establecido puede ser “revisado periódicamente por el gobierno”, con el fin de adaptarlo a las circunstancias, a diferencia de la UT, que es actualizada anualmente.
Es preciso resaltar que esta unidad de cálculo no sustituye a la Unidad Tributaria para el resto de las operaciones de la administración pública ni de la economía nacional.