Conatel notificó a las sociedades mercantiles “Radio Éxitos FM 107, C.A.” y “Organización Radial Líder C.A.”, conocidas comercialmente como La Mega 107.3 FM y Líder 94.9 FM, del inicio de procedimientos administrativos sancionatorios por el presunto incumplimiento de los artículos 27 y 10, respectivamente, de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (LRSRTME).
El procedimiento iniciado a La Mega 107.3 FM, se deriva de la difusión de mensajes a través del programa “Galanes de Radio” cuyo contenido podría resultar inapropiado para el horario destinado especialmente para las niñas, niños y adolescentes, y podrían atentar contra su formación integral, circunstancias que de comprobarse, podrían resultar sancionados de conformidad con los artículos 27 y 29 de la LRSRTME.
Por su parte, el procedimiento iniciado a Líder 94.9 FM, se relaciona con la obligación que tienen los prestadores de servicio de difundir los mensajes y alocuciones oficiales del Estado, establecido en el artículo 10 de la misma norma.
Es importante resaltar que estos prestadores de servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada fueron instados a cumplir con las previsiones de la LRSRTME en reiteradas oportunidades e hicieron caso omiso de ello.
Para garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso que ampara a todos los administrados, se les otorgó un lapso de diez (10) días hábiles para presentar sus alegatos de conformidad con el artículo 31 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos.
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones reitera una vez más su total apego a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y a la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos.