La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN) y la Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (UNIF), emitieron un comunicado aclarando la Circular SIB-DSB-UNIF-17799 de fecha 02 de noviembre de 2018, relativa a la protección integral de los usuarios que realizan operaciones mediante la Banca por Internet fuera del país,
Transacciones tales como: depósitos en cuenta, depósitos por concepto de pago de pensiones del I.V.S.S., transferencias electrónicas recibidas (propias o de terceros), pago de servicios públicos, transferencias electrónicas o pagos de tarjetas de crédito hacia el mismo titular del mismo banco o en otro, adelanto de efectivo a cuenta desde la tarjeta de crédito, solicitud de créditos; no requieren una notificación previa por parte del cliente hacia el Banco, para que puedan ser llevadas a cabo desde el exterior mediante el uso de la Banca por Internet.
Sólo deberán informar a las instituciones bancarias sobre su situación los clientes que requieran efectuar transferencias electrónicas hacia terceras personas (naturales y/o jurídicas) o realizar el pago de tarjetas de crédito a otros beneficiarios, en el mismo banco o en otro, desde el exterior a través de la Banca por Internet.
Las plataformas tecnológicas de los bancos ya se encuentran operativas para atender las solicitudes de notificación de viaje o estadía en el exterior, mediante un proceso sencillo.
Por otra parte, la SUDEBAN emitió la Circular SIB-DSB-UNIF-19213 de fecha 29 de noviembre de 2018, en la cual señala que los clientes que accedan a la Banca en Línea dentro del territorio de la República Bolivariana de Venezuela, deberán hacerlo a través de empresas autorizadas para prestar servicios de internet, por parte de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL).