En sesión permanente del Directorio del Consejo Nacional Electoral realizada este miércoles, se aprobó la reforma del Título XIV del Reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), en lo concerniente a la observación nacional electoral y el acompañamiento internacional.
Con esta modificación se introduce una sustitución de la terminología utilizada hasta este momento, con la institución de la veeduría nacional electoral y la veeduría internacional electoral.
Esta reforma se fundamenta en la experiencia acumulada por el órgano comicial en esta materia y por la propia regulación vigente, que condiciona la presencia de observadores con base en principios como la no injerencia, la soberanía y el respeto a las autoridades.
El CNE, en su condición de árbitro imparcial, promueve la participación en términos de equidad y de respeto al pluralismo, con las máximas garantías de transparencia y confiabilidad de cara a la renovación de las autoridades del Parlamento venezolano.
Fuente: CNE