En el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) califican de “inédito” el antejuicio de mérito acordado por la Sala Plena contra la fiscal general, Luisa Ortega Díaz. “Nunca se había presentado una situación como esa; no hay norma que lo regule”, admitió un magistrado del máximo tribunal del país. “Porque los antejuicios son para altos funcionarios presuntamente incursos en delitos; pero en este caso a la Fiscal se le procesa por faltas graves”, acotó.
Pero al no existir reglas que regulen cómo se procesan las faltas de un alto funcionario, en el TSJ están decididos a aplicar el procedimiento descrito en los artículos 376 al 381 del Código Orgánico Procesal Penal (Copp), reveló otro magistrado. De ese articulado, se desprenden los siguientes actos.
CONVOCAN AUDIENCIA. Recibida la querella (escrito solicitando el antejuicio), el TSJ convocará a una audiencia oral y pública dentro de los 30 días siguientes para que el imputado dé respuesta a la denuncia, indica el artículo 379 del Copp. Hasta ahora la Sala Plena recibió la querella de parte del diputado Pedro Carreño, quien denunció que Ortega Díaz está incursa en faltas graves presuntamente cometidas desde el pasado 31 de marzo cuando la alta funcionaria “inició secuenciales, sospechosas e incoherentes apariciones públicas hostigando la buena marchas de las instituciones democráticas…”. Basado en esa denuncia, el viernes pasado la Sala Plena admitió la petición y activó el antejuicio de mérito contra la Fiscal General. Salvaron su voto los magistrados Danilo Mojica y Marisela Godoy. Mientras que Inocencio Figueroa se inhibió, según fuentes judiciales.
CÓMO SE DEFIENDE. Cuando convoquen la audiencia pública de antejuicio de mérito, ésta se realizará en la sede del TSJ. Estarán presentes los 32 magistrados. Dicha audiencia será dirigida por el magistrado Maikel Moreno, presidente del Alto Tribunal, quien expondrá las características del debate. De seguido hablará la magistrada Marjorie Calderón, quien fue la encargada de redactar la ponencia que admitió el antejuicio. Ella explicará el por propuso admitir el antejuicio. Calderón fue la jueza que condenó a 30 años de prisión a los tres comisarios de la extinta Policía Metropolitana vinculados a los hechos violentos el 11 de abril de 2002. Después tomará la palabra Ortega Díaz, quien ejercerá su derecho a la defensa. “Se admitirá réplica y contrarréplica”, dice el artículo 379 del Copp al describir la audiencia de antejuicio. Es decir, los magistrados pueden formular preguntas a la Fiscal General.
LA DECISIÓN. Concluida la audiencia pública de antejuicio, los 32 magistrados del TSJ se tomarán cinco días para emitir su veredicto. Es decir, si hay o no méritos para el enjuiciamiento de la titular del Ministerio Público.
SUSPENSIÓN E INHABILITACIÓN. Si acaso la Sala Plena autoriza el enjuiciamiento de Ortega Díaz, ésta “quedará suspendida e inhabilitada para ejercer cualquier cargo público durante el proceso”, según lo mandata el artículo 380 del Copp.
JUICIO POLÍTICO. Y como la Fiscal General es integrante del Consejo Moral Republicano, el expediente será remitido a la Asamblea Nacional para que decida si es o no removida de su cargo, tal como lo indica el artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano. El envío del expediente al parlamento se produce una vez que el TSJ declare que hay mérito para el enjuiciamiento. El diputado Freddy Guevara ya adelantó la decisión de la AN: “y adivinen…no lo haremos”. Aludía a la remoción de la Fiscal.