Debido a la suspensión de vuelos regulares entre Venezuela y España por el cierre del espacio aéreo venezolano y las limitaciones de entrada en España, el Consulado español en Caracas participa en la organización de vuelos chárter especiales de carácter comercial para favorecer el retorno al país europeo de aquellos ciudadanos habilitados para ello.
De acuerdo con la información emitida por el Consulado, las categorías de personas que pueden ser incluidas en los vuelos especiales son las siguientes:
– Ciudadanos españoles.
– Ciudadanos venezolanos con residencia actual, legal y vigente en España.
– Titulares de un visado español tipo D en vigor.
– Familiares directos (cónyuges o hijos menores) de ciudadanos españoles o comunitarios, que viajen junto a ellos o vayan a reunirse con ellos en España. En el caso de los cónyuges, deben presentar literal de matrimonio o libro de familia español, o en su defecto acta de matrimonio venezolana con Apostilla de La Haya. En el caso de los hijos menores no españoles ni comunitarios que viajen con sus padres españoles o comunitarios, deben presentar acta de nacimiento apostillada.
Las parejas de hecho deben optar por el procedimiento especial para parejas no casadas y no registradas, enviando al correo cog.caracas@maec.es, la documentación que consideren que prueba la existencia de una relación estable. Esa documentación será revisada y se tomará una decisión. Si es favorable, se emitirá un certificado que habilite el viaje del miembro de la pareja no español o comunitario.
Estas circunstancias se comprobarán documentalmente antes del vuelo y en el momento del ingreso en territorio español. Debe cumplirse, además, la legislación ordinaria sobre condiciones de entrada, así como la legislación venezolana sobre condiciones de salida.
Los interesados en los vuelos especiales deben rellenar esta ficha y enviarla al correo cog.caracas@maec.es. Si recibe una respuesta automática, significa que ya el consulado ha recibido su ficha y lo han incluido en la lista de interesados. Si viaja con familiares directos, debe rellenar una ficha por cada una de las personas interesadas en viajar, no una en conjunto.
Los ciudadanos de otros países europeos, aunque residan en España, deben dirigirse al Consulado correspondiente a su nacionalidad. La única excepción son los cónyuges de un ciudadano español que viajen junto al mismo.
– Vuelos regulares –
Los interesados también pueden optar por viajar a España en vuelos regulares con escala en Estambul con la aerolínea Turkish Airlines.
Es importante destacar que no es necesaria la presentación de una prueba PCR para ingresar a España desde Venezuela. Tampoco es necesario en el caso de Turquía.
Cabe recordar que actualmente la autoridad aeronáutica venezolana ha autorizado conexiones internacionales con Rusia, Bolivia, México, República Dominicana, Irán, Turquía y Panamá.
Fuente: Banca y Negocios