El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) le recuerda la ciudadanía venezolana que en caso de presentar errores u omisiones en su declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), pueden realizar una declaración sustitutiva de la misma.
Es importante destacar que la declaración sustitutiva es realizada por el contribuyente ante el SENIAT, con la finalidad de corregir cualquier tipo de error que contenga la declaración originaria, dicha corrección puede ser realizada por cualquier persona bien sea Natural o Jurídica y debe ser efectuada según lo establecido en el artículo 103, párrafo 2 del Código Orgánico Tributario (COT), quien incurra en esta obligación será sancionado con multa de cinco unidades tributarias (5 U.T.), la cual se incrementará en cinco unidades tributarias (5 U.T.) por cada nueva infracción hasta un máximo de veinticinco unidades tributarias (25 U.T.).
Para realizar la declaración sustitutiva el contribuyente debe cumplir con cuatro pasos básicos, al ingresar al Portar Fiscal www.seniat.gob.ve deberá introducir su clave y usuario, una vez ingrese al menú principal deberá tomar la opción de Procesos Tributarios, una vez que tome este link, ingrese a través de la pestaña que indica Declaración ISLR, seguidamente escoja Declaración Definitiva.
Al momento de realizar la Declaración Sustitutiva cualquier error puede ser corregido, todo error de información suministrada al momento de realizar la declaración puede corregirse de esta manera, tales como omisión de ingresos y/o exceso de ingresos, omisión de cargas familiares, retenciones no declaradas, entre otros.
De igual manera, el SENIAT recuerda que se ha prorrogado hasta el 31 de mayo, el plazo para la declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) del ejercicio fiscal 2017; prórroga publicada en la Providencia Administrativa 0021, de la Gaceta Oficial 41.363 de fecha 19 de marzo 2018.