Nicolás Maduro: el bolívar es la moneda constitucional de Venezuela y así la defenderé05/04/2018

El presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, afirmó este jueves que no prosperarán los planes de colonizar al país, por lo que reiteró que defenderá al bolívar como la moneda constitucional, tal como reza en la Carta Magna.

“La Constitución es muy clara: Es el Bolívar la moneda constitucional y así la defenderé. No prosperarán los planes de colonizar Venezuela, con el apoyo del Pueblo defenderemos el derecho a una nueva economía. Nuestro destino es la victoria de la Revolución Bolivariana”, reseñó el jefe de Estado en su usuario en la red social Twitter @NicolasMaduro.

Este miércoles desde el Palacio de Miraflores, en Caracas, durante una actividad en conmemoración al 50 aniversario del asesinato de Martin Luther King, el Dignatario llamó al pueblo venezolano a defender la soberanía monetaria del país, ante las pretenciones de la dolarización como principal propuesta del candidato de la derecha para las venideras elecciones presidenciales del 20 de mayo.

“Por ahí anda un candidato diciendo que él va acabar con la moneda el bolívar y va a imponer el dólar como la moneda nacional ¿Ustedes lo van a permitir? La Constitución es muy clara, es el bolívar la moneda constitucional de la República, así la defenderé y así seguirá siendo (…) pido el apoyo del pueblo para defender el derecho de una nueva economía”, fustigó el presidente obrero.

ARTÍCULO 318 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Las competencias monetarias del Poder Nacional serán ejercidas de manera exclusiva y obligatoria por el Banco Central de Venezuela. El objetivo fundamental del Banco Central de Venezuela es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la unidad monetaria. La unidad monetaria de la República Bolivariana de Venezuela es el bolívar. En caso de que se instituya una moneda común en el marco de la integración latinoamericana y caribeña, podrá adoptarse la moneda que sea objeto de un tratado que suscriba la República. El Banco Central de Venezuela es persona jurídica de derecho público con autonomía para la formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia. El Banco Central de Venezuela ejercerá sus funciones en coordinación con la política económica general, para alcanzar los objetivos superiores del Estado y la Nación. Para el adecuado cumplimiento de su objetivo, el Banco Central de Venezuela tendrá entre sus funciones las de formular y ejecutar la política monetaria, participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria, regular la moneda, el crédito y las tasas de interés, administrar las reservas internacionales, y todas aquellas que establezca la ley.