En Gaceta Oficial N° 41.362 de fecha 16 de marzo de 2018, fue publicada una Resolución Conjunta de los Ministerios del Poder Popular de Planificación y de Economía y Finanzas mediante la cual se fija el Valor de la Unidad para el Cálculo Aritmético del Umbral Máximo y Mínimo para Contrataciones Públicas.
RESOLUCIÓN CONJUNTA MEDIANTE LA CUAL SE FIJA EL VALOR DE LA UNIDAD PARA EL CÁLCULO ARITMÉTICO DEL UMBRAL MÁXIMO Y MÍNIMO PARA CONTRATACIONES PÚBLICAS
Artículo 1. Se fija en DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 17.800,00) la Unidad para el Cálculo Aritmético del Umbral Máximo y Mínimo para contrataciones públicas (UCAU).
Artículo 2. La Unidad para el Cálculo Aritmético del Umbral Máximo y Mínimo para contrataciones públicas (UCAU) fijada mediante esta Resolución sustituye la Unidad Tributaria a los fines de la realización de operaciones aritméticas relacionadas con la materia de contrataciones públicas, cuando dicha unidad tributaria sea utilizada como factor de cálculo aritmético para la determinación de montos en bolívares conforme al ordenamiento jurídico de esta materia.
Artículo 3. El valor de la Unidad para el Cálculo Aritmético del Umbral Máximo y Mínimo (UCAU) podrá ser actualizado periódicamente mediante Resolución conjunta de los Ministerios del Poder Popular de Planificación y de Economía y Finanzas, a partir de criterios objetivos, y cuando ello sea necesario para garantizar a la población el uso racional de los recursos públicos, niveles óptimos de ejecución financiera para la protección de sus derechos fundamentales y el combate contra las distorsiones de la economía nacional generado por agentes nacionales y extranjeros con fines particulares.
Artículo 4. Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.